Mediante la Resolución General 3.369, publicada en el Boletín Oficial del
16/08/2012, se introducen modificaciones al régimen de información a cargo de
los administradores de determinados inmuebles, respecto de las sumas que en
concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos,
determinen y perciben, por los bienes ubicados en “countries”, clubes de campo,
clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad
horizontal y todo tipo de complejo urbanístico situado en el país.
Las principales modificaciones son:
Período a informar: pasa a ser mensual.
Monto mínimo de expensas: se eleva a $ 2.000,00
Programa aplicativo: se implementa una nueva versión.
Vigencia: la disposición entra en vigencia a partir del 16/08/2012 y
resultará de aplicación para la información que corresponda suministrar a
partir de Julio de 2012, inclusive.
Nota: La información correspondiente al mes de Julio
de 2012, podrá presentarse como excepción hasta el 30 de septiembre de 2012. El
resto de los meses deberá hacerlo hasta el último día del mes siguiente al de
la Liquidación de Expensas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
El Art. 9º de la Disposición 3369 dice: Los sujetos alcanzados deberán
presentar con carácter de excepción, la información semestral correspondiente
al período comprendido entre el día 1º de enero de 2012 y el día 30 de junio de
2012, en la forma, plazos y condiciones previstos por la Resolución General Nº
2.159 y sus modificaciones. Para ello utilizarán el programa aplicativo
denominado “AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS - Versión 2.1
del 01-MAR-12”.
DISPOSICIONES GENERALES
El Art. 10 dice: Las infracciones o incumplimientos, parciales o totales,
al régimen de información establecido por esta resolución general, se
encuentran comprendidos en las previsiones del artículo incorporado a
continuación del Artículo 38 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones.
NOTA DE SISTEMAS ADMINISTRATIVOS S.A.
Las administraciones que suministran la información sin la ayuda del
Sistema Ada3d deberán instalar la versión 3.0 obteniéndola del sitio de la
Afip:
Aquellos que lo hacen con la ayuda del Sistema Ada3d, podrán realizar las
nuevas declaraciones juradas, tal como lo venían haciendo cada semestre, pero
ahora deberá realizarlo todos los meses. El Sistema Ada3d tiene incorporado un
módulo que facilita el trabajo para que se pueda cumplir con el Régimen de
Información de Expensas, según las Resoluciones Generales 2.159/06 y 2107/07 y
ahora con la 3.369/12; Esta es una herramienta sencilla que la mayoría de la
información requerida por los Sistemas “Afip Régimen Informativo de Pago de
Expensas” y “Sistema Integrado de Aplicaciones (SIAP)” se recuperan de las
Bases de Datos Integradas que ya tiene el Sistema Ada3d. La información
procesada por éste módulo, se envía vía internet al Sistema de Acceso Remoto
(SAR) de SISTEMAS ADMINISTRATIVOS S.A. donde se ingresan los datos en el
programa del régimen correspondiente –semestral o mensual- y el archivo
resultante de ese aplicativo se devuelve a la administración, junto con los
formularios impresos, para la transferencia electrónica con clave fiscal a la
AFIP.